1-

A- El arrendatario declara bajo su responsabilidad;

B- Que tiene como mínimo 18 años de edad cumplidos,

que está debidamente facultado para conducir ciclomotores o motocicletas.

C- Es obligatorio el uso del casco.

2-

El arrendatario declara y acepta que:

A- Haber recibido adecuadas instrucciones para el manejo del ciclomotor o motocicleta, manejo de frenos, acelerador, puesta en marcha y parado y en general todos los otros mecanismos.

B- Haber examinado el vehículo hallándolo en perfectas condiciones de uso, perfectamente equipado y sin ningún deterioro.

C- El vehículo es propiedad del arrendador y deberá ser devuelto en el lugar en que fue pactado y exactamente al término de la duración del contrato y en las mismas condiciones que fue entregado.

D- Se ha provisto de un candado con su llave para asegurar el vehículo cuando no se halle en uso.

E- MOTORENT MENORCA no acepta responsabilidad por demora o retrasos que se produzcan como consecuencia de averías en el vehículo o por otras causas.

F- En el caso que el ARRENDATARIO retuviese el vehículo después del tiempo oficial de devolución, se cobrara a razón de 1 DIA por hora de retraso o fracción.

G- Para cualquier diferencia que pudiera surgir en relación con este contrato, las partes se someten expresamente a los jueces y tribunales de Mahón, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

3-

El arrendatario declara y aceptan que:

A- Es la única persona autorizada a conducir el vehículo y bajo NINGUNA CIRCUNSTANCIA dejará que ninguna otra persona lo conduzca a excepción al impuesto como segundo conductor.

B- Cumplirá todas las normas de tráfico vigentes en España, siendo personalmente responsable del pago de las sanciones que le puedan imponer por la comisión de infracciones.

C- No conducirá el vehículo bajo la influencia de drogas, alcohol o cualquier clase de estimulantes o sustancias tóxicas, en tal caso quedará excluido de cualquier cobertura del seguro contratado.

4-

El arrendatario declara y acepta que:

A- En caso de accidente, de cualquier tipo, deberá ponerlo en conocimiento del arrendador inmediatamente.

B- Cumplirá con todos los requisitos, condiciones, limitaciones y excepciones contenidas en la póliza de seguro contra terceros formalizados por el arrendador. La aceptación de esta póliza por el arrendatario es obligatoria y no podrá hacer uso del vehículo de forma que pudiera anular la aplicabilidad de los beneficios de dicha póliza. Una copia de esta póliza se halla a la vista del arrendatario en las oficinas del arrendador.

C- No podrá efectuar NINGUNA reclamación, de cualquier tipo, contra el arrendador, sus empleados o sus compañías aseguradoras, a causa de daños causados a las personas o a las cosas, exceptuándose la cobertura del seguro mencionado en el apartado 4-b.

D- No podrá efectuar NINGUNA reclamación de cualquier tipo, contra el arrendador, sus empleados o sus compañías aseguradoras, a causa de daños físicos o mentales que pudiera sufrir como consecuencia del uso del vehículo.

E- Acepta plena responsabilidad en caso de sustracción de cualquiera de sus componentes, cualesquiera que fueran las circunstancias del hecho, comprometiéndose a abonar al arrendador:

-En caso de sustracción de uno o varios componentes del vehículo, abonará su valor de reposición, según precio de proveedor.

F- Si se devuelve el vehículo antes de finalizar el contrato de alquiler, no se efectuará reintegro alguno, ni de traslados ni extras contratados cualquiera que sea el caso o la circunstancia.

G-Deberá abonar cualquier traslado para la entrega y/o devolución del vehículo que no se haya pactado y abonado en el contrato, tarifa según lugar y horario del traslado. Deberá abonar todos los traslados efectuados por caídas, accidentes o por el mal uso-repostaje del vehículo, rotura o perdidas de llaves, pinchazos, mal uso del candado, no están cubiertos por ningún seguro disponible y contratado, a terceros o todo riesgo con o sin franquicia.

H-Deberá abonar al arrendador los días que el vehículo se encuentre inmovilizado por caída, accidente, desperfecto después de la fecha indicada en el contrato.

I-Deberá abonar las pérdidas o roturas de llaves por un valor de 30€ más el traslado si fuera necesario.

*El arrendador no efectuará reintegro alguno por los días sobrantes a causa de accidentes, caídas o cualquier desperfecto causado por el conductor o terceros.

*El arrendador se reserva el derecho de rescindir el contrato siempre que el arrendatario no cumpla con lo dispuesto en este contrato, sin obligación de abono alguno por parte del arrendador. *El precio del alquiler, así como el depósito se determinan por la tarifa general vigente y deberán ser abonados previamente por el arrendatario. En ningún caso el depósito podrá servir para una prórroga del alquiler.

*En caso que el arrendatario quisiera conservar el vehículo por tiempo superior al convenido en el contrato, deberá obtener autorización escrita del arrendador, a quién deberá abonar el importe correspondiente, si el arrendatario circula con el contrato caducado y sin autorización del arrendador, automáticamente quedarán en suspenso los seguros contratados.

*Si el pago de cualquiera de los importes se efectúa mediante una tarjeta de crédito o débito, la firma del arrendatario en el acepto de los términos y condiciones generales del contrato de alquiler, constituye autorización al arrendador para cargar el importe total final a la cuenta del arrendatario en la entidad emisora de la tarjeta.

5-

A-Exclusiones del seguro a terceros, este seguro no cubre:

-Los daños, pérdidas ni cualquier otro perjuicio sufrido en los equipajes, mercancías u objetos transportados en el vehículo y daños al propio vehículo cualquiera que sea la circunstancia y los mencionados en el apartado 4G.

-La pérdida total o parcial ni daños sufridos en el vehículo por robo y/o vandalismo y/o accidente de circulación imputable al arrendatario por su conductor.

-El pago de las multas o sanciones impuestas por las autoridades y las consecuencias de su impago.

-Los daños producidos a la persona del conductor del vehículo, ni ocupantes.

-Estos daños serán por cuenta del arrendatario y abonados al instante al arrendador.

6-

A-Seguro de daños propios del vehículo con franquicia, el arrendatario puede optar por contratar el seguro de daños propios del vehículo que será válido cuando el mismo haya sido contratado expresamente, y sólo de aplicación durante el período estipulado y pactado en el contrato de arrendamiento. Este seguro todo riesgo con franquicia cubrirá el coste de la reparación de los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia de un accidente de circulación o actos de terceros, ya sea estando el vehículo en circulación o no, con una franquicia de 250€ en 49 y 125c.c y de 350€ en superiores a 125c.c

-La comprobación del siniestro y la valoración de sus daños se llevará a cabo del arrendador en nuestro taller, con un plazo hasta de 96 horas para solicitar precios y valoraciones a proveedores.

B-Este seguro no cubre: Los daños que afecten a neumáticos, cubiertas, cámaras y llantas, los daños que se ocasionen como consecuencia de la circulación del vehículo por vías no aptas para la circulación, las averías mecánicas ocasionadas como consecuencia de una mala conducción, por actos vandálicos, por daños ocasionados al vehículo o a sus accesorios con motivo de incendio total o parcial del mismo, el robo o sustracción del vehículo y los mencionados en el ap.4G, estos daños serán por cuenta del arrendatario.

C-En esta modalidad de seguro, los vehículos están cubiertos mediante una franquicia indicada en el contrato como depósito/fianza por lo que hasta dicha cantidad, el arrendatario se responsabiliza por los daños ocasionados al vehículo si los hubiere. LOS MENORES DE 21 AÑOS NO PUEDEN ACCEDER AL SEGURO TODO RIESGO CON FRANQUICIA.

D- Seguro de daños propios del vehículo sin franquicia, equivale exactamente al seguro mencionado en los ap. 6A, B y C con la diferencia que en este caso no hay franquicia, la franquicia será 0€ a excepción de los mencionados en los ap. anteriores. El robo del vehículo EN NINGÚN CASO estará cubierto por ningún seguro contratado. 

7-

En caso de avería o accidente el arrendador no asume ninguna responsabilidad por los perjuicios que directa o indirectamente pudieran causar al arrendatario por tal motivo.

-El arrendatario no está autorizado a ordenar reparaciones en el vehículo sin la autorización expresa del arrendador.

El arrendatario declara y acepta que será plenamente responsable de los daños, pérdidas y desperfectos que pueda causar en el vehículo, imputable tanto a él como a terceros, causados por la violación de las normas contenidas en el presente contrato así como por la violación de las condiciones contenidas en las respectivas pólizas de seguro, debiendo abonar al arrendador la cantidad total para la reposición, reparación presupuestada en nuestro taller, antes de dar por finalizado este contrato, se descontará del total la fianza/depósito abonada para el alquiler/reserva del vehículo, devolviendo la diferencia si la hubiera o el arrendatario aportando la diferencia hasta el total de los daños ocasionados.

El arrendatario acepta y declara que será plenamente responsable por la violación de conducir vehículos que no reflejen en su carnet de conducir y/o sea legalmente conducirlo con las leyes de España asumiendo cualquier responsabilidad.

NO SE EFECTUARÁ DEVOLUCIÓN DE LA RESERVA O IMPORTE DE ALQUILER BAJO NINGÚN CONCEPTO, Motorent Menorca no entrará en ningún tipo de negociación o discusión por dicho caso.